Cuba dio un nuevo paso en la adopción regulada de criptomonedas al autorizar a diez entidades jurídicas a utilizar activos virtuales en operaciones de pago transfronterizas. La medida quedó establecida en la Resolución 4/2026 del Banco Central de Cuba, publicada en la Gaceta Oficial esta semana.
Según el documento, estas autorizaciones responden a solicitudes presentadas por empresas que buscan incorporar activos virtuales en sus operaciones, las cuales fueron evaluadas por el Grupo de Criptoactivos del Banco Central. Tras este proceso, la autoridad determinó que dichas actividades “reportan un interés socioeconómico para el país y se ajustan a lo establecido en la legislación vigente”.
Las licencias fueron otorgadas a nueve micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), así como a una empresa mixta, lo que refleja un enfoque inicial en actores económicos emergentes y sectores específicos. Entre las entidades autorizadas figuran compañías tecnológicas, comerciales y de servicios, las cuales podrán emplear activos virtuales exclusivamente para pagos internacionales vinculados directamente a su actividad económica.
La normativa establece condiciones estrictas para el uso de criptomonedas. Las empresas deberán operar únicamente a través de proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV) que cuenten con licencia del Banco Central de Cuba, quedando prohibidas las transacciones fuera de estas plataformas autorizadas. Asimismo, sólo podrán utilizar los activos virtuales previamente aprobados por dichos proveedores.
Otro de los elementos clave de la regulación es la limitación del uso de criptomonedas. El Banco Central dejó claro que estos activos podrán emplearse únicamente para pagos transfronterizos, y cualquier otro tipo de uso requerirá una autorización adicional. Esta restricción evidencia el carácter experimental y controlado de la medida dentro del sistema financiero cubano.
Además, las empresas autorizadas deberán reportar de forma trimestral al Banco Central un resumen detallado de sus operaciones, incluyendo montos, activos utilizados y los proveedores a través de los cuales se ejecutaron las transacciones. Este mecanismo busca fortalecer la supervisión y trazabilidad de las operaciones con criptomonedas en el país.
Las licencias tendrán una vigencia inicial de un año, con posibilidad de prórroga si las empresas cumplen con los requisitos establecidos y solicitan la extensión con al menos 60 días de antelación. En caso de incumplimiento, la autorización podrá ser revocada de forma inmediata, sin perjuicio de otras responsabilidades legales.
Esta decisión se enmarca en el proceso iniciado en 2021, cuando el Banco Central de Cuba permitió el uso de activos virtuales bajo autorización expresa, reconociendo su potencial para facilitar operaciones económicas en un contexto de restricciones financieras internacionales.
Con estas primeras diez licencias, Cuba avanza hacia un modelo de adopción controlada de criptomonedas, priorizando su uso en el comercio exterior y bajo una supervisión estricta del Estado. El movimiento también refleja el interés del país en explorar alternativas financieras que permitan mayor flexibilidad en pagos internacionales, especialmente en un entorno económico complejo.
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